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Editorial Armas

Ventas y Adquisición de Armas y Municiones PDF Imprimir E-mail
Escrito por Administrator   
Lunes, 06 de Abril de 2009 23:37
Indice del artículo
Ventas y Adquisición de Armas y Municiones
Proceso de Adquisicion
Origen y Gama de los Productos
Todas las páginas

Ventas y Adquisición de Armas y Municiones

Dentro de las garantías que otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo décimo de la misma, estipula el derecho a poseer armas de fuego, en los domicilios, para la seguridad y legítima defensa de sus moradores.

Esta prerrogativa se hace extensiva a las personas que se dedican a la ganadería y la agricultura, así como a empresas de la seguridad privada, y hasta para personas interesadas en actividades de tiro  y caza.
Por su parte, el Estado está facultando para dotar a sus cuerpos policíacos, en todos los niveles de gobierno, de armas, municiones y equipo conexo, para el cumplimiento de sus misiones, en aspectos de seguridad pública y procuración de justicia.

Para atender  estas necesidades, el Poder Ejecutivo de la Federación cuenta con un órgano, que cumple la función de comercializar armas y municiones, para los habitantes de México. Dicho organismo, actualmente denominado Dirección de Comercialización de Armamento y Municiones, forma parte de la orgánica de la Dirección General de Industria Militar.

Acervo histórico

Desde el inicio del México independiente, ha correspondido a las antecesoras de la Secretaría de la Defensa Nacional- las Secretarías de Guerra (1821) y de Estado de Guerra y Marina (1867)-, conducir los asuntos inherentes con las armas de fuego, municiones  y explosivos, existentes en el territorio nacional. Éste será siempre un aspecto medular, para la paz, la tranquilidad y la seguridad  del pueblo mexicano, y por tal motivo, se consideró necesaria la existencia de un organismo que, efectivamente, controlara el ingreso de armas a nuestro país, ya que reviste un importancia vital para la seguridad nacional.

Ante la creciente necesidad de la regulación de estos asuntos, por decreto presidencial del 11 de abril de 1995, se otorgó  a la Secretaría de la Defensa Nacional, la  facultad de importar y enajenar armas, municiones y equipo conexo, entre otras atribuciones más. Con este propósito, fue creada la Unidad de Comercialización de Armas y Municiones, la cual, desde su inicio, ha estado incorporada a la Dirección General de Industria Militar, en ese entonces Dirección General de Fábricas de la Defensa Nacional. Esta organización asumió las actividades que, durante poco más de 20 años, realizó el fideicomiso para la venta de armas, mismo que operaba, al  momento de su cese, a cargo del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada Nacionales, S.N.C.

Reseña de actividades

A lo largo de sus doce años de existencia, la DCAM, como actualmente se denomina, ha prestado sus servicios a todas las entidades federativas y paraestatales, parta el suministro de armamento, destinado principalmente, para actividades de seguridad pública. Para el sector privado, el servicio de venta de armas y municiones ha estado también disponible, tanto para personas físicas como morales. Es decir, la DCAM, no sólo ha contribuido al equipamiento de armamento moderno y eficaz, para cuerpos policíacos, a nivel federal y local, sino también, para empresas de seguridad privada, que cumplen con los requisitos establecidos por la leyes y reglamentos aplicables, en vigor.

De igual forma, se ha puesto a la venta armas destinadas al deporte como el tiro y la caza, y  para actividades del campo, así como, las adquiridas por un gran número de ciudadanos en general, para protección de su domicilio. En otro sector importante de usuarios de los servicios de la DCAM, se encuentran los miembros de la Fuerzas Armadas, tanto en servicio activo como en situación de retiro.
En resumen, la DCAM pone al alcance del público en general, productos como armas, municiones, accesorios y equipo  conexo, y ofrece, asimismo, servicios de mantenimiento y reparación. El proceso de adquisición de arma de fuego es muy sencillo. Puede entenderse en dos etapas: la obtención de un permiso extraordinario de adquisición y la comercialización del o los artículos autorizados.



Actualizado ( Martes, 07 de Abril de 2009 16:11 )
 

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